Con las subvenciones para la rehabilitación de edificios de tipología residencial colectiva se pretende mejorar la eficiencia energética en Canarias.

En entradas anteriores comentamos las subvenciones del Estado y de la comunidad autónoma de Andalucía en 2017 destinadas a la mejora de la eficiencia energética.

Hoy es el turno de las Subvenciones para la mejora de la eficiencia energética en Canarias.

El Instituto Canario de la Vivienda ha puesto en marcha una serie de subvenciones para la rehabilitación de edificios de tipología residencial colectiva.

¿A quiénes van dirigidas estas subvenciones?

Estas subvenciones están destinadas a comunidades de propietarios, agrupaciones de comunidades de propietarios o propietarios únicos de edificios de viviendas.

En los edificios que tengan íntegramente como destino el alquiler durante al menos 10 años desde la percepción de la subvención, podrán ser beneficiarios también las Administraciones Públicas y los Organismos y demás entidades de derecho público, así como las empresas públicas y sociedades mercantiles participadas íntegras o mayoritariamente por las Administraciones propietarias de los inmuebles.

No podrán acceder a estas ayudas quienes ya sean beneficiarios de las subvenciones para rehabilitar edificios del programa de fomento de la Regeneración y Renovación Urbanas o del programa para el fomento de ciudades sostenibles y competitivas correspondientes al Plan Estatal de Fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria y la regeneración y renovación urbana, 2013-2016.

¿Cuál es el objeto de las ayudas?

Estas ayudas tienen como objeto la financiación de la ejecución de obras y trabajos de mantenimiento e intervención en las instalaciones fijas y equipamiento propio, así como en los elementos y espacios privativos comunes de los edificios de viviendas.

Los edificios deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Estar finalizados antes de 1981

b) Que, al menos el 70% de su superficie construida sobre rasante tenga uso residencial de vivienda.

c) Que, al menos el 70% de las viviendas constituyan el domicilio habitual de sus propietarios o arrendatarios.”

No obstante, de manera excepcional también se admitirán en este programa edificios y viviendas que presenten graves daños estructurales o de otro tipo que justifiquen su inclusión en el programa, o que tengan íntegramente como destino el alquiler durante, al menos, 10 años a contar desde la recepción de la ayuda.

¿Qué actuaciones son subvencionables?

Dentro de las actuaciones susceptibles de ser subvencionadas está la Mejora de la calidad y sostenibilidad de los edificios.

Entre las actuaciones que se incluyen en este apartado están:

– La instalación de sistemas de calefacción, refrigeración, producción de agua caliente sanitaria y ventilación para el acondicionamiento térmico, o el incremento de la eficiencia sanitaria de los ya existentes, mediante actuaciones como, por ejemplo:

  • La sustitución de equipos de producción de calor o frío.
  • La instalación de sistemas de control, regulación y gestión energética, contadores y repartidores de costes energéticos para instalaciones centralizadas de calefacción.
  • El aislamiento térmico de las redes de distribución y transporte o la sustitución de los equipos de movimiento de los fluidos caloportadores.
  • La instalación de dispositivos de recuperación de energías residuales.
  • La implantación de sistemas de enfriamiento gratuito por aire exterior y de recuperación de calor del aire de renovación, entre otros.

– La instalación de equipos de generación o que permitan la utilización de energías renovables como la energía solar, biomasa o geotermia que reduzcan el consumo de energía convencional térmica o eléctrica del edificio. Incluirá la instalación de cualquier tecnología, sistema, o equipo de energía renovable, como paneles solares térmicos, a fin de contribuir a la producción de agua caliente sanitaria demandada por las viviendas, o la producción de agua caliente para las instalaciones de climatización.

La subvención para las actuaciones de mejora de la calidad y sostenibilidad asciende a 2.000 euros.

Y si se redujera al menos en un 50% la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración del edificio, esta ayuda podría llegar hasta los 5.000 euros.

La cuantía máxima de las subvenciones a conceder por edificio no podrá superar el 35% del coste subvencionable de la actuación.

Para obtener las subvenciones es necesario que la obra subvencionable no se haya iniciado antes de la fecha de solicitud de la subvención.

¿Cuál es el plazo para solicitar estas ayudas?

La solicitud de estas ayudas está abierta desde el 1 de enero y hasta que se agote la dotación económica de la convocatoria.

Más información aquí.

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