¿Sabías que ya está en marcha el Plan Renove de Salas de Calderas de la Comunidad de Madrid?

Este Plan pretende incrementar la seguridad de las salas de calderas y reducir el consumo de energía en el sector de la edificación mediante las reformas de instalaciones térmicas con generadores de calor que no utilicen gas natural y tras las cuales se instalen generadores de calor que utilicen gas natural como combustible.

Las ayudas para este plan ascienden a un total de 1.400.000 € y su gestión corresponde a la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid (FENERCOM).

Ya está abierto el plazo para que las empresas instaladoras que lo deseen puedan adherirse. Para ello, deberán entrar en la web del Plan Renove e inscribirse

Una vez adheridas, tendrán la obligación de tramitar a través de dicha web las solicitudes de sus clientes (los beneficiarios de las ayudas).

¿Quién puede beneficiarse de estas ayudas?

1. Las comunidades de propietarios de dos o más viviendas.

2. Las personas físicas o jurídicas, titulares o arrendatarios, de:

  • Fincas de propiedad particular de dos o más viviendas.
  • Edificios de viviendas pertenecientes a Comunidades de Bienes con potencia térmica nominal mayor a 70 kW.
  • Empresas con potencia térmica nominal mayor a 70 kW.
  • Edificios pertenecientes al Sector Terciario, con potencia térmica nominal mayor a 70 kW.

¿Qué actuaciones son subvencionables?

Pues como hemos dicho al principio, las reformas de instalaciones térmicas con generadores de calor que no utilicen gas natural tras las que se instalen generadores de calor que utilicen gas natural como combustible y que cumplan los siguientes criterios:

  • Que la instalación térmica se encuentre en la Comunidad de Madrid.
  • Que los aparatos que se instalen sean nuevos.
  • En los edificios de uso residencial, todas las bombas de impulsión de los circuitos primarios de caldera y de los circuitos de calefacción presentes en la instalación térmica serán de caudal variable (velocidad variable). En cualquier caso, si se justifica documentalmente mediante factura de adquisición e instalación que el sistema de bombeo existente tiene una antigüedad posterior al 1 de enero de 2010, se podrán instalar, como alternativa a lo indicado anteriormente, variadores electrónicos de frecuencia.
  • En ningún caso se podrá acoger al Plan Renove la compra sin instalación, lo que se acreditará mediante la correspondiente factura emitida por la Empresa Instaladora Adherida que realice la sustitución.
  • La/s caldera/s que se instalen se deben encontrar en el listado de calderas de condensación que figuren en la base de datos creada al efecto.
  • Los generadores de calor sustituidos deberán ser inutilizados, lo que se acreditará mediante certificación expedida por la Empresa Instaladora Adherida.

¿Cuál es la cuantía de las ayudas?

La cuantía de la ayuda dependerá de la potencia térmica nominal de la nueva instalación (considerándose como potencia nominal para los cálculos el valor de la potencia máxima a la máxima temperatura de impulsión/retorno que se indica en la placa de características del fabricante), del tipo de combustible a sustituir y de acuerdo al uso del edificio según la siguiente tabla:

Cuando el combustible a sustituir sea el carbón para edificios de uso residencial la cuantía del incentivo estará limitada al 50% del coste elegible (IVA no incluido) y para edificios de uso no residencial al 30% del coste elegible (IVA no incluido).

Cuando el combustible sea otro diferente al carbón la cuantía del incentivo para edificios de uso residencial estará limitada al 20% del coste elegible (IVA no incluido) y para edificios de uso no residencial al 12% del coste elegible (IVA no incluido).

Se entenderá por coste elegible la suma de todas las partidas a excepción de la albañilería y obra civil de todo tipo originadas en dichas actuaciones (IVA no incluido).

¿Cuál es el plazo para presentar las solicitudes?

Desde el 15 de enero de 2019 hasta el 31 de diciembre de 2019 se pueden presentar las solicitudes para las ayudas del Plan Renove.

¿Y el plazo para realizar las actuaciones subvencionables?

El periodo de ejecución en que las actuaciones se consideran como subvencionables será el comprendido entre el 1 de enero de 2019 y hasta el 31 de diciembre de 2019 o, en su caso, hasta que finalice el período de prórroga, siempre que exista crédito disponible.

¿Quiénes pueden realizar la solicitud y cómo se tramita?

Las empresas instaladoras adheridas al Plan Renove son las encargadas de tramitar las ayudas.

Por lo tanto, si eres beneficiario de estas ayudas, la empresa instaladora que haya realizado la renovación de tu sala de calderas deberá tramitar la solicitud en tu nombre.

Las solicitudes se tramitarán por orden cronológico de entrada (día y hora) hasta agotar el crédito disponible.

La empresa instaladora adherida se encargará de obtener y rellenar el Boletín de Solicitud del Incentivo del Plan Renove de Salas de Calderas, que deberá ser firmado por el titular y la empresa instaladora adherida.

Y además, adjuntará la documentación requerida y la remitirá a la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid (FENERCOM) para poder obtener la reserva del crédito. Con ello, la solicitud de ayuda quedará registrada y se realizará automáticamente una reserva de crédito asociada a ella.

Puedes consultar toda la información en la página oficial del Plan Renove.

Y recuerda que las calderas Ferroli están en el listado de calderas de condensación adheridas al Plan.

¡Ahora es el mejor momento para renovar tu sala de calderas y de instalar una caldera más eficiente y respetuosa con el medio ambiente!

 

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